Algunas reflexiones sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en materia ambiental.
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Persona Jurídica##common.commaListSeparator## Responsabilidad penal##common.commaListSeparator## Delito medioambiental##common.commaListSeparator## Derecho penal ambiental##common.commaListSeparator## Empresaसार
La reciente entrada en vigencia de la Ley Nº 20.393 que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica significó un profundo cambio en el sistema clásico de atribución de responsabilidad penal, que hasta el momento se realizaba únicamente a las personas naturales. Sin embargo, la nueva ley limita la responsabilidad penal de las personas jurídicas a un pequeño grupo de delitos por ella señalados. A partir de estas figuras jurídico penales y de la normativa en cuestión, reflexionamos sobre una potencial extensión de la atribución de responsabilidad penal a empresas y entidades colectivas en materia medioambiental, considerando los elementos comunes entre estos delitos y aquellos a los que se refiere la Ley 20.393.
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